La Aduana General de la RepĂşblica de Cuba ha confirmado las medidas excepcionales y temporales para las importaciones no comerciales realizadas por personas naturales a travĂ©s de envĂos aĂ©reos, marĂtimos y postales. Estas disposiciones estarán vigentes hasta el 30 de septiembre de 2024.
Se trata, en esencia, de prĂłrrogas a las anteriores disposiciones sobre envĂos a Cuba por la vĂa aĂ©rea, marĂtima y postal. ÂżQuĂ© debes saber?
En primer lugar, se autoriza el incremento del lĂmite del valor en Aduana para estas importaciones, pasando de doscientos dĂłlares estadounidenses (200 USD o 20 kg) a quinientos dĂłlares estadounidenses (500 USD o 50 kg).Â
Además, se mantiene la exenciĂłn del pago del impuesto aduanero por los primeros treinta dĂłlares estadounidenses (30 USD) o su peso equivalente de tres kilogramos (3 kg) del envĂo. Para los valores que excedan este monto, se aplicará una tarifa arancelaria del treinta por ciento (30%). (Ver tabla al final)
Asimismo, en segundo lugar, se permite la importaciĂłn sin carácter comercial y exenta del pago del impuesto aduanero de alimentos, productos de aseo, medicamentos e insumos mĂ©dicos.Â
Estos artĂculos podrán ser importados por personas naturales hasta un lĂmite de doscientos dĂłlares estadounidenses (200 USD) o un peso equivalente de hasta veinte kilogramos (20 kg). Eso sĂ, los envĂos deben contener Ăşnicamente los artĂculos mencionados para beneficiarse de esta exenciĂłn. Ten en cuenta que tu familiar en Cuba sĂ deberá pagar a la agencia que transporte el paquete por sus servicios.
 Aduana General de Cuba suspende anexo único sobre valor de alimentos, aseo, medicamentos e insumos médicos
En concordancia con estas disposiciones, la ResoluciĂłn 134 de 2024 de la Aduana General de la RepĂşblica establece la suspensiĂłn temporal del Anexo Ăšnico de la ResoluciĂłn 176 de 2022.Â
Este anexo, que determinaba la valoración por peso y la liquidación del impuesto aduanero para alimentos, productos de aseo, medicamentos e insumos médicos importados sin fin comercial, será reemplazado por este nuevo Anexo Único hasta el 30 de septiembre de 2024.
El Anexo Ăšnico contiene una tabla que establece cĂłmo se valoran los envĂos destinados a personas naturales y cĂłmo se calculan los derechos arancelarios correspondientes.Â
SegĂşn este anexo que compartimos a continuaciĂłn, cada kilogramo (kg) de envĂo se valora en 10,00 dĂłlares estadounidenses. Además, se especifica que los envĂos cuyo valor total no exceda los 30,00 dĂłlares estadounidenses, equivalentes a 3 kg, están exentos del pago de derechos arancelarios.Â
hola cuando empiezan a repartir el manifiesto 53 para la provincia de granma y cuánto debo pagar por cada paquete de 100 libras cuando llegue a mi
Es una excelente noticia. Mientras no se retrace la entrega de paqueterĂa y algo más que importante, que no se extraviĂ©, cĂłmo me ha sucedido a mi y nadie da una respuesta certera. Gracias