¿Mejorarán los trámites de vivienda en Cuba con las nuevas normativas?

La Gaceta Oficial de la República de Cuba No. 81 publicó el pasado 19 de noviembre un conjunto de normas jurídicas que buscan simplificar y unificar los trámites de vivienda en la isla.

Ciro Rodríguez, subdirector de Planificación Física en Sancti Spíritus respondió a Escambray que “la carpeta jurídica que salió recientemente tiene como objetivo agilizar los trámites de la población”.

¿De qué manera? A partir del 19 de diciembre próximo la mayoría de los trámites relacionados con la vivienda se centrarán en Planificación Física municipal y se agilizan también los términos de entrega de esos documentos considerablemente”, añadió el directivo.

Explica, además, que en el caso de las certificaciones catastrales, que ahora sustituyen al dictamen técnico hecho por el Arquitecto de la Comunidad, tenían 30 días para su entrega.

“Ahora, si tengo el levantamiento catastral realizado, se puede entregar en un término de hasta siete días. Y no solo se mejora el tiempo, sino también la familia porque el dictamen técnico es mucho más caro que esa certificación catastral que solo cuesta 50 pesos”, agregó el subdirector de Planificación Física.

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Otros trámites que van a simplificarse son los relacionados con la actualización de los títulos de propiedad, en la cual tomaban parte el Arquitecto de la Comunidad, la Vivienda y Planificación Física (PF). Con la entrada en vigor de estas resoluciones, a partir de ahora estos se realizarán únicamente en las direcciones municipales de PF, donde se obtiene la documentación para acudir directamente ante el notario, se detalla en la nota del medio espirituano.

¿Cuándo es necesario actualizar el título de propiedad?

Ciro Rodríguez explica que “se actualiza cuando hay errores u omisiones relativos a los elementos de la descripción, de la tasación o no consten los linderos y sus medidas; cuando se realizan acciones constructivas internas que modifican la descripción de la vivienda, la unifican o dividen y no requieren licencia ni autorizo de obra; cuando no coincide la realidad física con la reflejada en el título de la propiedad por haberse ejecutado acciones constructivas; cuando sea necesario rectificar o ajustar los linderos, sus medidas y la superficie total”.

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“Es importante que la propiedad esté clarita, a veces la engavetamos y hace falta que la familia la lea por si requiere actualización”, añade.

Sobre estas nuevas normativas Directorio Cubano obtuvo la opinión de una Licenciada en Derecho que prefirió mantener la condición de anonimato.

“Esencialmente, para que las personas puedan comprenderlo, las nuevas resoluciones y decretos a implementarse en Cuba próximamente van a significar menos papeles, más alivio para el bolsillo de los cubanos y menos ‘peloteo’”.

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Históricamente los trámites relacionados con la vivienda resultan muy engorrosos porque involucran a varias entidades y organismos además de Vivienda, destaca la especialista.

Sin embargo, las leyes tienen que ajustarse a las realidades que vive el país y Vivienda ha tenido que ir traspasando facultades hacia otros organismos, como por ejemplo Planificación Física, en aras de simplificar los procedimientos, continúa.

Muchos de los trámites incluían al arquitecto de la comunidad. Esta figura, para que se entienda, es la encargada de los planos de las casas, de los inmuebles, etc. Las personas afectadas además de necesitar sus servicios, también requerían dictámenes de PF. Con esta nueva normativa se unifican los procesos y todo lo asume PF, concluyó.

Usted puede descargar la Gaceta No.81 AQUÍ 

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