Ministerio de Justicia de Cuba publica resolución sobre vigencia de trámites y certificaciones

El Ministerio de Justicia en Cuba publicó la Resolución 315 con fecha 5-6-2020 que dispone la prórroga de la vigencia de las certificaciones de varios registros para no provocar afectaciones y trámites adicionales a las personas ante la suspensión de los servicios por la covid-19.

La resolución aparece publicada en la Gaceta Oficial de Cuba, fecha 9-06-2020, y expresa que “a partir de la situación epidemiológica que enfrentan el mundo y nuestro país por la covid-19, es necesario disponer la suspensión de los términos para la inscripción de actos, documentos y derechos en los registros públicos del Sistema del Ministerio de Justicia; la prórroga de la vigencia de las certificaciones de actos de última voluntad, de declaratoria de herederos y de soltería, así como la interrupción del término de ciento ochenta días de vigencia de las certificaciones de antecedentes penales, con el objetivo de no provocar afectaciones y trámites adicionales e innecesarios a las personas.”

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Por acuerdo del Consejo de Ministros en Cuba se facultó al Ministerio de Justicia para ejercer la dirección técnica, normativa, metodológica y de control al sistema de registros públicos.

Las disposiciones más importantes son las siguientes:

  • Desde el 11 de marzo de 2020, se suspenden los términos para la inscripción de actos, documentos y derechos en los registros públicos del Sistema del Ministerio de Justicia, los que se reanudan cuando comiencen estos servicios.
  • Se prorroga la vigencia de las certificaciones de actos de última voluntad, de declaratoria de herederos y de soltería, que se expidan durante el año 2020, para que surtan efecto dentro del término de un año contado a partir de su expedición.
  • Las certificaciones de antecedentes penales mantienen la vigencia establecida de ciento ochenta días (180), disponiéndose la interrupción del término a partir del 11 de marzo de 2020, hasta que se reinicie la prestación de este servicio.
  • La presente Resolución entra en vigor a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República de Cuba
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Según un programa especial de Hacemos Cuba, en el caso de los antecedentes penales, por ejemplo, si usted llevó a legalizar sus antecedentes penales el 1ero de marzo, su término de vigencia se interrumpió el día 11, y se retoma con esos 10 días descontados a partir de que se reinicie el servicio completando los 6 meses.

A finales de mayo, habíamos informado que el Ministerio de Justicia de Cuba en las circunstancias actuales se ha centrado en las siguientes actividades: procesos de aprobación de la inversión extranjera; el funcionamiento del Registro Central de Sancionados para cumplir las solicitudes de Antecedentes Penales por parte de las autoridades policiales y judiciales, y el funcionamiento de los Registros del Estado Civil únicamente para garantizar servicios de sensibilidad e importancia.

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Obviamente el ministerio ha estado enfrascado especialmente en estos momentos en la actividad legislativa y regulatoria de control y enfrentamiento a las violaciones que surgen con motivo de la crisis sanitaria.

En el caso de los antecedentes penales, el Ministerio de Justicia en Cuba habilita en su web que le permite realizar la solicitud en línea (https://www.minjus.gob.cu/es/formulario-de-solicitud-de-la-certificacion-de-antecedentes-penales), aunque  aclara que: las solicitudes de servicios que se pueden realizar a través del sitio comprenden, de momento, a todas las capitales provinciales y solo los municipios de las provincias de Artemisa y Mayabeque.

Puede descargar la Gaceta Oficial AQUÍ

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