El próximo 19 de noviembre entrarán en vigor nuevas disposiciones del Ministerio de Finanzas y Precios, relacionadas con la Aduana de Cuba.
Desde esa fecha se pondrá en práctica la Resolución No.232 de 2023 del MFP que establece las tarifas en pesos cubanos para el cobro a personas naturales y jurídicas de los servicios técnico productivos que presta la Aduana General de la República. Te contamos de qué trata esta norma.
La nueva disposición, publicada en la Gaceta Oficial de Cuba en octubre pasado, deroga la Resolución No.38 de 2021 del Ministerio de Finanzas y Precios.
No obstante, el cobro de estos servicios que hayan sido facturados antes de la entrada en vigor de la actual, aunque concluyan con posterioridad, así como los que se encuentren en proceso de prestación, siempre que se hayan iniciado antes de esa fecha, se realiza según lo dispuesto en la Resolución 38 de 16 de marzo de 2021.
¿A qué servicios de la Aduana hace referencia? Entre los servicios cuyas tarifas se exponen en el anexo de la nueva norma se encuentran, por ejemplo, las operaciones de importación y exportación sin carácter comercial, la inspección de vehículos o el despacho de pertenencias.
TARIFAS SERVICIOS DE LA ADUANA DE CUBA
La mencionada resolución precisa que dentro del servicio de despacho no comercial de personas naturales se encuentra incluido “el despacho del equipaje acompañado, no acompañado, de los envíos remitidos por cualquiera de las vías”.
Asimismo, entran también “los menajes de casas, las franquicias y otros; para lo que se aplica la tarifa de servicio, en correspondencia con el monto del valor en aduana en el momento en que se realiza la operación”. “La exención de los derechos de Aduana no exime del pago de los servicios por despacho no comercial”, aclaran.
En el caso del servicio de inspección de vehículos, este se aplica a las personas debidamente autorizadas para la importación del vehículo y tiene una tarifa de 300 CUP.
TARIFAS MÁXIMAS EN PESOS CUBANOS PARA EL COBRO DE LOS SERVICIOS QUE PRESTA LA ADUANA DE CUBA
no entendí nada. me pueden explicar?
si yo viajo y traigo 3 maletas, cuánto tengo que pagar? si envío bultos como equipaje no acompañado, cuanto tengo que pagar por cada uno? y si estos bultos se demoran en su proceso por culpa ajena, tengo que pagar estadía?
muy confusa la ley y la explicación.
gracias
???♀️??♀️??♀️
no quieren que traigas nada. porque esos artículos hay que comprarlos a los emplesario cubano americanos que el bisne es de ellos ahora, los cubano le enseñamos jajaja y aprendieron.
Buenas noches, soy persona natural, por favor no entendí la resolución 232 en cuanto a los precios, además de pagar si importo más de 30 kg, tengo que pagar dependiendo de la capacidad del avión, cómo puedo saber la capacidad del mismo. Gracias
no entendí la ley alguien me podría explicar