Publican medida sobre permiso de salida de menores de Cuba y obtención de pasaporte

La Gaceta Oficial No. 28 Extraordinaria de 2023 contiene la Instrucción 279 del Tribunal Supremo Popular que establece las pautas a seguir en las demandas judiciales relacionadas con la autorización para la obtención de pasaportes de menores de edad y su salida de Cuba.

Como es conocido, los menores de edad en Cuba no pueden obtener pasaporte si no cuentan con la autorización de los padres o representantes legales, formalizada ante notario público.

Sin embargo, ¿qué solución hay para los casos en los que hay diferencia de opinión entre los progenitores sobre este tema? ¿Qué pasa si uno de los padres niega la salida de su hijo de Cuba?

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La orden recién publicada reconoce entonces que “se hace necesario introducir en la práctica judicial las pautas para la adecuada solución de los asuntos relacionados con el ejercicio no conjunto de la responsabilidad parental o cuando existan discrepancias con motivo de su ejercicio, en los casos en que se solicite autorización para la obtención de pasaporte a favor de las personas menores de edad y/o para su salida del territorio cubano”.

En este sentido, será el Tribunal el que adopte las medidas necesarias para brindar especial protección a las niñas, niños y adolescentes involucrados.

De acuerdo a los detalles ofrecidos, en todos los casos, el tribunal escuchará a los padres o tutores legales los motivos por los que se oponen a la salida de Cuba de sus hijos e hijas.

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SALIDA DE MENORES DE CUBA

En aras de adoptar una decisión, el tribunal tendrá en cuenta otros elementos como:

  • La dirección del domicilio donde permanecerán la persona menor de edad y aquella a quien se otorga la autorización,
  • Los hechos que demuestran que el menor de edad contará con un estatus legal que le garantice el disfrute en plenitud de sus derechos, si la salida se realiza con la intención de permanecer en otro país.
  • El destino del viaje de la persona menor de edad y el plazo en que debe regresar a Cuba, si se trata de una salida temporal.
  • Que el viaje resulte conveniente y seguro a los intereses del menor de edad; para ello se deberán demostrar las condiciones de vida que tendrá en el exterior, así como las de su progenitor(a), representante legal o las personas que asumirán su guarda fuera de Cuba.
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Una vez que la resolución judicial resulte firme, se remitirá una notificación de lo dispuesto a la oficina correspondiente de la Dirección de Identificación, Inmigración y Extranjería del Ministerio del Interior y, en lo pertinente, a la Dirección de Atención a Menores.

Aquí puedes leer la instrucción completa.

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5 comentarios en «Publican medida sobre permiso de salida de menores de Cuba y obtención de pasaporte»

  1. Y en mi caso que el padre vive en el exterior y no me ha podido hacer el permiso porque no tiene pasaporte como puedo hacer para viajar con mi niña y poder solicitar el pasaporte me pueden ayudar por favor

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  2. Y en mi caso q el padre vive en el exterior y no tengo el permiso porque el no tiene pasaporte y no lo ha podido hacer como puedo hacer para viajar con mi niña y poder solicitar su pasaporte me pueden ayudar x favor

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  3. Y si el padre vive afuera y la madre quiere viajar con su hijo menor, tiene que tener autorización de ese padre que no vive en Cuba, me pueden explicar, gracias

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