Con la nueva crisis en la frontera sur de Estados Unidos y el reinicio de las deportaciones desde México, muchos cubanos se preguntan cómo pueden regularizarse en el país azteca.
En los últimos meses, los migrantes cubanos (11.31%), haitianos (33.41%) y hondureños (27.49%) son los principales extranjeros que han buscado refugio en México.
“Este es el único procedimiento para estar legal en el país, tienen que hacerlo obligatoriamente de manera organizada, respetando a las autoridades y con disciplina”, dijo una cubana a la prensa internacional.
La Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (Comar) informó sobre un incremento interanual del 30 % de enero a agosto de 2023, cuando se realizaron casi 100,000 peticiones de refugio.
“Se han registrado solicitantes de la condición de refugiado de 107 países de todos los continentes, pero los solicitantes provenientes de estos tres países representan el 72.21% del total”, señalaron.
Los migrantes en situación irregular en México pueden solicitar refugio ante la Comar o su regularización por razones humanitarias ante el Instituto Nacional de Migración (INM).
Pero, atención, ello no es tan simple. En varias ocasiones el INM ha alegado que los cubanos no cumplen los requisitos para una tarjeta de Visitante por Razones Humanitarias, pues se debe justificar muy bien el carácter humanitario.
Asimismo, la COMAR, aunque asegura que dan protección a los migrantes de no devolución a su país, refieren que la constancia que otorgan “no es un documento de tránsito ni acredita estancia regular en México”.
REGULARIZACIÓN EN MÉXICO: SOLICITAR REFUGIO ANTE COMAR
Cubano que estás en México, debes conocer que puedes solicitar el reconocimiento de la condición de refugiado en ese país. ¿Cómo? Te contamos.
Tienes 30 días hábiles a partir de tu entrada a México para presentar tu solicitud, sin embargo, si no cumples con ese plazo, puedes acercarte a la COMAR y explicar las razones por las cuales no te fue posible presentar tu solicitud antes.
Si tu familia te acompaña, no olvides incluirlos en tu solicitud. Si se encuentran en tu país de origen, debes indicarlo.
¿Dónde presentar la solicitud de refugio en México?
Si te encuentras en Acayucán, Ciudad de México, Tapachula o Tenosique acude a la oficina de la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (COMAR) para presentar tu solicitud. En el resto del país, debes personarte en las Oficinas de Regulación Migratoria del Instituto Nacional de Migración (INM).
En caso de que te halles en una Estación Migratoria, debes informar a los agentes del INM que deseas solicitar protección como refugiado e iniciar tu procedimiento ante COMAR. Tienes el derecho a no ser devuelto a tu país.
Una vez realices la solicitud, la COMAR te da un documento con tus datos y fotografía. Es una constancia que prueba que te encuentras en el procedimiento y que no puedes ser regresado a tu país. Tu procedimiento inicia a partir de la fecha que aparezca en tu constancia.
OJO: No olvides que debes permanecer en el estado donde iniciaste el procedimiento. Salir del estado se considera como abandono del trámite. Si deseas trasladarte a otro estado debes pedir autorización previa a COMAR. No olvides llevar siempre tu Constancia contigo.
Visitante por razones humanitarias
Con tu constancia de COMAR solicita al INM tu tarjeta de visitante por razones humanitarias, la cual ofrece una estancia regular en el país. Es gratuita y te permite trabajar durante el procedimiento. Tiene vigencia hasta de un año.
Formulario: Llenarás un cuestionario explicando por qué saliste de tu país (Cuba, por ejemplo) y no puedes regresar.
Entrevista: La COMAR te entrevista de forma individual, para conocer si tu vida corre peligro en tu país. Si olvidaste incluir algo en el cuestionario inicial puedes decirlo en la entrevista. Es importante que la COMAR tenga la mayor cantidad de datos posibles sobre ti y lo que te pone en peligro en tu país.
Resolución: La COMAR estudia tu caso y te informa su decisión. Puede tardar hasta 45 días hábiles, más 10 días hábiles para que la COMAR te informe. La COMAR puede ampliar por un plazo de otros 45 días hábiles para emitir una resolución. Recuerda que los días hábiles son de lunes a viernes sin contar fines de semana o días festivos.
Con información de ACNUR (la Agencia de la ONU para los Refugiados)