La Resolución 364/2024 de la Aduana General de la República de Cuba introduce modificaciones a las normativas vigentes para la importación de vehículos, partes y accesorios, optimizando las opciones para pasajeros y personas naturales.
Publicada en la Gaceta Oficial de Cuba, esta resolución responde a la creciente demanda de medios de transporte más eficientes y sostenibles.
Cambios destacados en las normativas de la Aduana de Cuba
- Importación de ciclomotores y motocicletas:
- Los pasajeros pueden incluir en su equipaje hasta dos ciclomotores o motocicletas eléctricas, con o sin sidecar.
- Las personas naturales pueden importar un artículo de este tipo a través de envíos.
- Vehículos de combustión interna:
- Se autoriza la importación, como equipaje no acompañado, de ciclomotores o motocicletas de hasta 250 cc y triciclos eléctricos o híbridos con más de dos plazas y capacidades adicionales de carga.
- También se incluyen remolques ligeros y sidecares de una plaza.
- Reposición y remotorización:
- Los pasajeros pueden importar un motor eléctrico con accesorios para convertir vehículos de combustión en eléctricos.
- Autos eléctricos, híbridos y de combustión interna:
- La importación de estos vehículos queda reservada a personas naturales cubanas en misiones diplomáticas, profesionales en el extranjero, y tripulantes avalados por las autoridades competentes.
- Esta importación puede realizarse una única vez y requiere un aval oficial.
- Límite temporal de importación:
- Los ciclomotores o motocicletas de combustión y triciclos eléctricos pueden importarse una vez cada cinco años por pasajeros o mediante envíos, según lo estipulado en la legislación.
Nuevos valores de referencia
El Anexo II de la resolución incluye valores de referencia actualizados para estos artículos:
- Ciclomotores o motocicletas eléctricas, con o sin sidecar: $200.00 USD por unidad.
- Motor eléctrico con sus accesorios para remotorización de vehículos de combustión: $950.00 USD por unidad.
- Ciclomotor o motocicleta de combustión o híbrida con sidecar: $950.00 USD por unidad.
- Ciclomotor o motocicleta de combustión o híbrida sin sidecar: $850.00 USD por unidad.
- Triciclo eléctrico o híbrido, superior a dos plazas o con capacidad adicional de carga y pasaje: $550.00 USD por unidad.
- Remolque ligero de hasta 750 kg: $300.00 USD por unidad.
- Sidecar para motocicletas: $100.00 USD por unidad.
Estos valores forman parte de la Resolución 364/2024 y son aplicables a las importaciones personales realizadas por pasajeros y a través de envíos, en conformidad con la legislación vigente en Cuba.
Facilidades para pasajeros y envíos
Asimismo, la Aduana de Cuba ha ajustado los procesos para hacer más accesible la importación de vehículos y accesorios, incentivando la modernización del parque automotor en el país.
Consulta el texto completo de la Resolución 364/2024 en la Gaceta Oficial para conocer más detalles y asegurarte de cumplir con los requisitos establecidos.
operación estafa
SI Yo DEPOSITE 150 USD EL BANCO ME LO CONVIRTIÓ EN MLC Y AHORA NO VALE, COMO SE LLAMA ESA OPERACION?
operación estafa