Viajeros cubanos: visados de turismo para Europa en «stand-by»

El Consulado General de España en La Habana ha vuelto con malas noticias para quienes esperan la reanudación de los visados de turismo. 

Ha sido prorrogada, hasta el próximo 31 enero, la Orden INT/657/2020 que establece restricciones de viajes no imprescindibles desde terceros países (Cuba) a la Unión Europea y el espacio Schengen. 

Por tal motivo, comunican, “no se tramitarán visados corta estancia, turista o negocios”.

Una vez se levanten las medidas, ¿podrán renovarse los visados de turismo no usados durante la situación sanitaria?

En mayo de 2021 así respondían desde el servicio de atención al cliente del Consulado a un usuario de Twitter: “no es posible. Deberá solicitar nuevo visado cuando las restricciones en frontera sean levantadas”.

La sede diplomática no ha hecho nuevas precisiones en este sentido. 

Los países que no se ven afectados por estas limitaciones son: Argentina, Australia, Baréin, Canadá, Chile, Colombia, Indonesia, Jordania, Kuwait, Nueva Zelanda, Perú, Qatar, Ruanda, Arabia Saudí, Corea del Sur, Emiratos Árabes Unidos, Uruguay, China, Hong Kong, Macao y Taiwán.

¿Quiénes pueden viajar a España?

Reitera el Consulado que “los ciudadanos españoles, demás ciudadanos de la Unión Europea y sus familiares, y otros beneficiarios del derecho a la libre circulación, pueden entrar a España sin restricciones fronterizas”.

Igualmente, los “residentes habituales en la Unión Europea, Estados asociados Schengen, Andorra, Mónaco, El Vaticano (Santa Sede) o San Marino, acreditándolo documentalmente”.

También podrán hacerlo los “titulares de un visado de larga duración expedido por un Estado miembro o Estado asociado Schengen que se dirijan a ese país”. 

Asimismo, profesionales de la salud, investigadores sanitarios, y profesionales del cuidado de mayores que se dirijan o regresen de ejercer su actividad laboral; estudiantes que dispongan del correspondiente permiso o visado y seguro médico

Existen dos apartados que justifican el viaje a España “por motivos familiares imperativos debidamente acreditados o de fuerza mayor”.

En estos casos, explica la sede consular que las personas “deberán ponerse en contacto con la Consejería de Interior de la Embajada de España en Cuba para obtener autorización de entrada acordada por las autoridades de frontera (CEFRONT) (consejeria.cuba@interior.es)”.

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