Equipos que requieren permiso de importación: Valor y cantidad admitida por la Aduana

Los pasajeros que entran a Cuba deben conocer que requieren permiso previo para su importación, un grupo de equipos, partes e implementos de informática y telecomunicaciones y además, los Sistemas de Posicionamiento por Satélite (GPS) profesionales.

Le sugerimos consultar para más información nuestro artículo sobre: Equipos de telecomunicaciones que requieren permiso de importación a Cuba

Para los equipos, partes e implementos de informática y telecomunicaciones que requieren una aprobación previa o permiso para su importación a Cuba, la autorización debe ser emitida por la Dirección General de Comunicaciones, cuya sucursal se ubica en cada cabecera provincial del país y recibe el nombre de Unidad Presupuestada Técnica de Control del Espectro Radioeléctrico (UPTCER).

Mientras, para los Sistemas de Posicionamiento por Satélite (GPS) profesionales, la autorización debe ser otorgada por la Oficina Nacional de Hidrografía y Geodesia, que pertenece al Ministerio de las Fuerzas Armadas (FAR).

No obstante, todos los equipos que requieren permiso de importación, también tienen, como el resto de los artículos que se importan a la Isla una cantidad y un valor asignado ante la Aduana General de la República de Cuba.

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Cantidad y valor en Aduana de los equipos que Sí requieren permiso de importación:

-Equipos de fax inalámbricos: Se permite importar 1, por un valor de 150 pesos.

-Pizarras telefónicas de todo tipo: Se permite 1, por un valor de 300 pesos.

-Dispositivos para redes de datos “routers” (enrutadores) y “switches” (conmutadores): Se permite 1, por un valor de 100.

-Puntos de acceso inalámbricos como RLAN y equipos de conexión inalámbrica WiFi: Se permite importar 1, por un valor de 100 pesos. (Se excluyen los dispositivos de conexión wifi aprobados en la Resoluciones 98 y 99/2019 del Ministerio de Comunicaciones)

-Teléfonos inalámbricos que operan en bandas diferentes a  49Mhz y 1.9, 2.4 y 5.7 Ghz: Se permiten 2, por un valor de 40 pesos cada uno.

Micrófonos inalámbricos y sus accesorios: Se permiten 2, por un valor de 50 pesos cada uno.

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-Transmisores de radio de cualquier naturaleza y servicio (radares, radiofaros,  radioenlaces, buscadores de personas, de radiodifusión, equipos para telemedición, telemando y otros similares): Se permite importar 1, y se establece su valor a partir de la factura de compra que presente el pasajero o por la valoración que haga el mismo del costo del equipo.

-Transceptores de radio (equipos de estaciones fijas, móviles y personales (walkie-talkie): Se permite solo 1, por un valor de 80 pesos.

-Receptores de radio profesionales, (que difieran de los aparatos domésticos de radio y televisión indicados en el Apartado Primero): Se permite importar 1, y se establece su valor a partir de la factura de compra que presente el pasajero o por la valoración que haga el mismo del costo del equipo.

Estaciones terrenas y terminales de comunicaciones por satélites transmisoras y receptoras (incluye las estaciones receptoras de TV por satélite, las antenas parabólicas,  sus accesorios y los teléfonos satelitales portátiles o de otro tipo): Se permite importar 1, y se establece su valor a partir de la factura de compra que presente el pasajero o por la valoración que haga el mismo del costo del equipo.

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-Equipamiento destinado para la difusión masiva de datos, texto o voz por medios inalámbricos: Se permite importar 1, y se establece su valor a partir de la factura de compra que presente el pasajero o por la valoración que haga el mismo del costo del equipo.

– Los Sistemas de Posicionamiento por Satélite (GPS) profesionales: Se permite 1, por un valor de 100 pesos.

El pasajero, además de tener en cuenta que debe contar con el permiso de importación, debe dominar con claridad las cantidades de estos equipos que la Aduana admite entrar al país, y qué valor les corresponde, según lo establecido por las normativas vigentes.

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