El abandono de mercancía es una figura legal que contempla la legislación de la Aduana General de la República de Cuba.
El abandono de mercancía en tanto figura legal, tiene dos aristas: el abandono legal y el abandono voluntario.
Abandono legal de la mercancía de importación en la Aduana de Cuba:
La Aduana General de la República de Cuba aplica el abandono legal a toda la mercancía que queda extraviada en las instalaciones del aeropuerto. Transcurridos 30 días naturales, si el propietario de la mercancía no se ha presentado ha reclamarla, entonces, las autoridades de la Aduana de Cuba declaran el abandono legal de esa mercancía, en favor del estado cubano.
También, la Aduana de Cuba declara el abandono legal para aquella mercancía que le fue retenida al pasajero, en el momento del despacho de la importación, por parte de la Aduana. En este caso, se declara el abandono legal, pendiente al cumplimiento de alguna formalidad.
Casos de formalidades pendientes de cumplimientos:
- El caso más frecuente es: el de la mercancía que requiere un permiso para su entrada al país. Mercanía como micrófonos inalámbricos, ruters, switch, los nanostation, los walkies talkies, entre otros, requieren permiso del Ministerio de Comunicaciones. Si el pasasjero consigue el permiso emitido por esta entidad, puede realizar el despacho de su mercancía en el plazo de 30 días naturales. Si, por el contrario, el Ministerio de Comunicaciones no otorga el permiso requerido, el pasajero no puede realizar el despacho de la mercancía en 30 días naturales, y la mercancía cae en abandono legal. La Aduana, transcurrido este plazo, declara el abandono legal en favor del estado cubano.
- Otro caso es: aquellos pasajeros que no disponen del dinero suficiente para pagar su importación en el momento del despacho. La Aduana les ofrece la posibilidad de retener la mercancía que llevan consigo, excepto sus efectos personales, por un plazo de 30 días naturales. En este período de tiempo el pasajero puede conseguir el dinero para pagar el valor de su importación, y volver a realizar el despacho de la misma. Si el pasajero no puede realizar el despacho de la mercancía en 30 días naturales, la mercancía cae en abandono legal. La Aduana, transcurrido este plazo, declara el abandono legal en favor del estado cubano.
El abandono voluntario de la mercancía de importación en la Aduana de Cuba:
Como su nombre lo indica, el abandono voluntario tiene lugar cuando el pasajero declara su voluntad de no realizar la importación de una mercancía determinada, en el momento del despacho de Aduana. Generalmente, esto sucede cuando el pasajero no puede o se niega a cumplir con alguna formalidad de las que impone la Aduana de Cuba, para el procedimiento de importación.
Si es su decisión, el pasajero declara el abandono voluntario de la mercancía, de manera inmediata, a favor del estado cubano. El abandono voluntario es un procedimiento instantáneo. Se realiza a petición del pasajero y siempre tiene lugar en el mismo momento del despacho. Una vez que se procede al abandono voluntario de determinada mercancía, este proceder es irrevocable por la vía administrativa.
Casos más frecuentes de abandono voluntario por parte de los pasajeros:
- El caso más frecuente del abandono voluntario es: el que ocurre cuando los pasajeros intentan realizar la importación al país de una determinada mercancía , desconociendo que dicha a mercancía se le cobra un impuesto muy alto. Esto ocurre, sobre todo, cuando el pasajero desconoce los valores otorgados en el listado de valoración de la Aduana a las mercancías cuya importación realizará.
- El otro caso de abandono voluntario más frecuente es: cuando el pasajero abandona mercancía para no tener que pagar por ella. Esta es una opción que se toma cuando, al evtitar el pago de dicha mercancía, el pasajero evita realizar su importación en moneda nacional de ese año calendario, y esa es su finalidad.
El abandono voluntario de la mercancía es una opción que el pasajero cubano puede valorar, según su conveniencia.