Si usted es un ciudadano cubano residente en el extranjero, sus hijos menores de 18 años de edad que hayan nacido fuera de Cuba, pueden acceder a la Ciudadanía cubana y obtener su respectivo documento de identidad.
Para poder realizar una Transcripción de Nacimiento para uno o varios hijos menores de edad que tengan padres cubanos residentes en el extranjero, será necesario presentar en el Consulado de Cuba del país donde radican los padres, la documentación que se muestra a continuación:
Modelo de solicitud formal para una Transcripción de Nacimiento correctamente lleno.
Certificación original de Nacimiento correspondiente al hijo menor de 18 años de estos padres cubanos residentes en el extranjero, previamente emitida por las entidades pertinentes y legalizadas para su uso en trámites de Ciudadanía.
Fotocopias de los pasaportes de los padres cubanos del menor de edad. Preferentemente de los dos padres, aunque se acepta la fotocopia de solo uno de los dos progenitores, padre o madre.
Fotocopia de la certificación de Nacimiento de al menos uno de los dos padres extranjeros.
Carnet de inscripción consular del padre o la madre con Ciudadanía cubana.
Fotocopia del documento oficial de identidad de uno de los dos padres extranjeros
Existe la obligación de pagar el arancel consular correspondiente, que incluirá los costos del servicio de legalización y traducción de los certificados y documentos que lo precisen, entre otros trámites pertinentes.
La solicitud y procedimiento de la Transcripción de Nacimiento no garantiza la obtención inmediata e incondicional de la Ciudadanía cubana, pues debe cumplimentarse lo establecido por la Ley de Ciudadanía vigente en extranjero.
No obstante, a partir del mismo momento en que el menor de edad reciba oficialmente la Ciudadanía cubana legal como resultado de este trámite, de inmediato, el menor gozará de los mismos deberes y derechos de todo ciudadano cubano.