En Cuba, el sector no estatal atrae cada vez más trabajadores e iniciativas. No obstante, muchos aún no se deciden, por desconocer todos los mecanismos y trámites que conlleva esta variante de empleo. En Directorio Cubano explicamos cómo habilitar una cuenta bancaria fiscal, uno de los primeros requisitos con los que deben cumplir varias denominaciones del trabajo por cuenta propia en el país.
El Ministerio de Finanzas y Precios establece en su Resolución No. 904 de 2018 que resulta obligatorio habilitar una cuenta bancaria fiscal (CBF) para todas las personas naturales autorizadas a ejercer el trabajo por cuenta propia en las siguientes actividades:
- arrendador de vivienda, habitaciones y espacios
- servicio gastronómico en cafetería
- servicio gastronómico en restaurantes
- servicios de bar y recreación
- servicios de construcción
- reparación y mantenimiento de inmuebles
- transporte de pasajeros con medio automotor desde cuatro hasta 14 pasajeros (solo los que laboran en La Habana)
La CBF debe funcionar en la misma moneda en que opere el contribuyente, pues su objetivo es contabilizar gastos e ingresos derivados de su labor. A través de ella el trabajador no estatal realiza los pagos de impuestos y contribuciones; de créditos bancarios que haya adquirido para el desempeño de su actividad económica; así como de servicios como agua, electricidad, teléfono, gas, etc.
El trámite de apertura de la CBF no cuesta, y debe efectuarse en el municipio donde los interesados tienen su domicilio fiscal, en:
- Banco de Crédito y Comercio (BANDEC): presente en todo el país.
- Banco Popular de Ahorro (BPA): sus sucursales funcionan en todos los municipios cubanos, excepto en los de La Habana.
- El Banco Metropolitano S.A. (BM): tiene sucursales solo en la capital.
Estas instituciones atienden público de lunes a viernes, pero sus horarios de atención al público se han modificado con la pandemia de covid-19. Los interesados deben informarse según sea el caso.
Requisitos para habilitar una cuenta bancaria fiscal
Cuando acuda al banco, quien solicite la apertura de la CBF debe presentar:
- Carné de identidad.
- Autorización oficial para ejercer el trabajo por cuenta propia, emitida por las autoridades competentes.
- Inscripción en el Registro de Contribuyentes.
- Carné de contribuyente otorgado por la Oficina Nacional de Administración Tributaria (ONAT), que informa el Número de Identificación Tributaria (NIT).
¡Eso es todo! Esperamos que encuentre útil la información, y que nos siga en la web y en las redes sociales de Directorio Cubano, pues pronto publicaremos más contenidos actualizados sobre Cuba, y en específico, sobre el trabajo por cuenta propia.