El INASS, a través de sus 13 filiales provinciales y 146 filiales municipales, ofrece atención a los jubilados y pensionados de todo el país.
Las Filiales Municipales del INASS ofrecen a la población la posibilidad de realizar los trámites siguientes:
■ Solicitud de jubilación o pensión.
■ Solicitud de revisión en caso de inconformidad con el cálculo de la pensión.
■ Restitución de la chequera al vencimiento de la anterior.
■ Restitución del derecho a pensión al cesar la causa que originó su suspensión.
■ Solución para el cobro de la jubilación o pensión cuando ocurre el extravío o deterioro del medio de pago (chequera).
■ Autorizo para efectuar el cobro de la prestación a causa de la salida temporal del país del pensionado.
■ Solicitud de traslado del centro de cobro.
■ Emisión de la certificación de datos al pensionado, con vistas a su reincorporación al empleo.
Es requisito indispensable para realizar cualquier tipo de trámite en las filiales del INASS, la presentación del Carné de identidad y el medio de pago, este último cuando no se trate de su extravío o de solicitud de pensión.
Sobre la solicitud de jubilación o pensión
La pensión ordinaria por edad se concede al trabajador que tiene cumplidos 65 o más años de edad y a la trabajadora con 60 años o más de edad, en ambos casos debe acreditar como mínimo 30 años de servicios.
La pensión por invalidez total corresponde cuando se le dictamina al trabajador, por la Comisión de Peritaje Médico Laboral, su incapacidad total para trabajar, además que el trabajador se haya incapacitado de forma total para el trabajo encontrándose vinculado laboralmente.
Las administraciones de las entidades laborales son las encargadas de conformar el expediente de pensión por edad, invalidez total o por el fallecimiento de un trabajador y de presentarlo ante la filial del INASS correspondiente, para su tramitación.
Se atenderán las solicitudes de pensión, de las personas protegidas por los regímenes especiales de Seguridad Social, quedando encargados para ello los funcionarios de las instituciones o entidades que los representan. En caso de fallecimiento de un jubilado o pensionado el familiar debe presentarse en la filial del INASS de su municipio de residencia, para realizar los trámites que correspondan.
HORARIO DE ATENCIÓN
LUNES Y VIERNES de 8:30 a.m. a 5:00 p.m.
DIRECCIÓN NACIONAL DEL INASS Calle 23 entre O y P Edificio del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social en el Vedado, donde se cuenta con una OFICINA DE ATENCIÓN A LA POBLACIÓN Teléfono:7838 0043 Pizarra: 7838 0008 al 17 ext: 2097
PARA MÁS INFORMACIÓN SOBRE EL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL CUBANO, PUEDE CONSULTAR EL SITIO WEB: http://www.mtss.gob.cu