USCIS reveló recientemente una guía para que los propietarios de empresas unipersonales que solicitan visas L-1 no cometan errores en el proceso. El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos fue claro sobre el tema. Se establece que una compañía de este tipo no puede pedir un permiso L-1 en nombre de su propietario. ¿Por qué?
USCIS, también, recuerda que la empresa unipersonal no existe como una entidad legal distinta e independiente del propietario. Lo revisado y aclarado tiene que ver directamente con este tema. Se analizó la política que estaba vigente y se actualizaron varios aspectos claves.
Por ejemplo, el error que quedó zanjado es que el dueño de una empresa unipersonal no puede, por ley, patrocinarse a sí mismo para obtener una visa L-1. USCIS explicó que no se trata de una norma nueva, sino de una actualización de su Manual de Políticas.
Al interior de la actualización
USCIS cita claramente cómo procede desde ahora la nueva actualización sobre las visas L-1 en estos casos. “La actualización distingue a un propietario único de un peticionario autoconstituido (tales como una corporación o una empresa de responsabilidad limitada con un único propietario). Aquí, la corporación o la empresa de responsabilidad limitada unipersonal es una entidad jurídica separada y distinta de su propietario, que puede peticionar a dicho propietario”.
Las normas vigentes recuerdan que sí existen otras peticiones de visas consideradas “generales”. Las mismas pueden ser presentadas por empresas internacionales a nombre de alguna persona.
USCIS actualizó sus políticas y aclara lo siguiente. “No presentar, de manera oportuna, una extensión de la petición general no da comienzo al periodo de tres años de espera antes de presentar otra idéntica”.
Se recuerda, además, que la visa L-1 autoriza a una compañía a enviar a un empleado desde cualquier país a Estados Unidos. La aclaración de USCIS sobre el procedimiento para solicitar visas L-1 se puso en práctica desde el 20 de octubre del presente año.