USCIS revelĂł recientemente una guĂa para que los propietarios de empresas unipersonales que solicitan visas L-1 no cometan errores en el proceso. El Servicio de CiudadanĂa e InmigraciĂłn de Estados Unidos fue claro sobre el tema. Se establece que una compañĂa de este tipo no puede pedir un permiso L-1 en nombre de su propietario. ÂżPor quĂ©?
USCIS, tambiĂ©n, recuerda que la empresa unipersonal no existe como una entidad legal distinta e independiente del propietario. Lo revisado y aclarado tiene que ver directamente con este tema. Se analizĂł la polĂtica que estaba vigente y se actualizaron varios aspectos claves.
Por ejemplo, el error que quedĂł zanjado es que el dueño de una empresa unipersonal no puede, por ley, patrocinarse a sĂ mismo para obtener una visa L-1. USCIS explicĂł que no se trata de una norma nueva, sino de una actualizaciĂłn de su Manual de PolĂticas.
Al interior de la actualizaciĂłn
USCIS cita claramente cĂłmo procede desde ahora la nueva actualizaciĂłn sobre las visas L-1 en estos casos. “La actualizaciĂłn distingue a un propietario Ăşnico de un peticionario autoconstituido (tales como una corporaciĂłn o una empresa de responsabilidad limitada con un Ăşnico propietario). AquĂ, la corporaciĂłn o la empresa de responsabilidad limitada unipersonal es una entidad jurĂdica separada y distinta de su propietario, que puede peticionar a dicho propietario”.
Las normas vigentes recuerdan que sà existen otras peticiones de visas consideradas “generales”. Las mismas  pueden ser presentadas por empresas internacionales a nombre de alguna persona.
USCIS actualizĂł sus polĂticas y aclara lo siguiente. “No presentar, de manera oportuna, una extensiĂłn de la peticiĂłn general no da comienzo al periodo de tres años de espera antes de presentar otra idĂ©ntica”.
Se recuerda, además, que la visa L-1 autoriza a una compañĂa a enviar a un empleado desde cualquier paĂs a Estados Unidos. La aclaraciĂłn de USCIS sobre el procedimiento para solicitar visas L-1 se puso en práctica desde el 20 de octubre del presente año.